Guía completa Subvenciones y programas para reparar tejados en 2022
El PRTR ha incorporado en su componente 2 una inversión de gran alcance destinada a la recuperación económica y social en ámbitos residenciales mediante un programa de rehabilitación. Esta iniciativa tiene como objetivo fomentar la renovación de edificios, viviendas y barrios en crisis.
Los recursos de Next Generation EU serán asignados a las Comunidades y Ciudades Autónomas a través de un acuerdo previamente establecido, el cual se basa en el número de hogares de cada región según la encuesta continua de hogares del INE en 2020. De este modo, se garantizará una distribución equitativa de los fondos entre los beneficiarios finales.
El proceso de determinación del porcentaje de subvención
Se tiene en cuenta que, además, se contará con ayudas del 30% para la rehabilitación de elementos aislantes en viviendas y edificios. Afortunadamente, esta asistencia para la renovación de viviendas se une a las ayudas integrales.
Igualmente, en el programa del gobierno se incluye una partida destinada a subvencionar el 100% del documento técnico previo para analizar el potencial de mejora del edificio o vivienda.
Con el fin de fomentar la demanda de proyectos de remodelación, el Gobierno ha incorporado en su plan de ayuda para la rehabilitación de viviendas importantes beneficios fiscales en la declaración de la Renta para propietarios individuales:
Condiciones necesarias para acceder a las subvenciones de mejoras en viviendas
Las ayudas para la rehabilitación de vivienda en 2021 tienen requisitos específicos que varían según el tipo de vivienda, además de los establecidos por cada comunidad autónoma.
Para ser elegibles, las viviendas deben cumplir ciertos requisitos como ser anteriores a 1996, ser el domicilio habitual y presentar un informe técnico de mejora previo a la solicitud, de acuerdo al Código Técnico de Edificación.
Además, es necesario que la vivienda haya sido finalizada antes de 1996 y que al menos el 70% de su superficie construida se encuentre sobre rasante.
Otro requisito es que al menos el 50% de las viviendas en el edificio sean utilizadas como domicilio habitual y que se presente un informe técnico que cumpla con las normas establecidas por la comunidad autónoma correspondiente.
Ayudas Plan EcoVivienda
Las subvenciones en AndalucíaEn la Comunidad Autónoma de Andalucía, se otorgan ayudas para diversos fines relacionados con la mejora de viviendas y edificios.
Entre estas subvenciones, se encuentran aquellas que apuntan a la rehabilitación de edificios completos y a la mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Otras medidas incluyen la elaboración del libro del edificio existente y la redacción de proyectos de rehabilitación.
Plan de Mejora de Eficiencia Energética en Construcciones en Andalucía
El plan prevé una serie de acciones para diferentes sectores, como ciudadanos, autónomos, agrupaciones, comunidades de propietarios, empresas, entidades públicas, comunidades de energías y empresas de servicios energéticos (ESEs), y también para las compañías que explotan, arriendan o tienen la concesión de edificios.
Las medidas se llevarán a cabo en edificios ya construidos (anteriores a 2007) que tengan, al menos, uno de los siguientes usos: vivienda unifamiliar, tipología residencial colectiva de vivienda y edificios con cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.).
En cualquier caso, se espera que estas acciones logren reducir el consumo de energía en más de un 10% con respecto a la situación inicial y que al menos una letra se mejore en la calificación energética global del edificio. Para ello, se puede optar por una única medida o la combinación de varias.
Solicitud de subvenciones para la rehabilitación de vivienda en entidades locales
Se abre el plazo para participar en el programa de subvenciones de libre concurrencia destinado a financiar acciones de rehabilitación de vivienda en entidades locales. Estas ayudas están disponibles tanto para las entidades locales como para las personas físicas que residan en ellas.
El objetivo de esta convocatoria es promover la mejora de la calidad de vida en las comunidades locales, a través de la puesta en marcha de proyectos de rehabilitación de viviendas. De esta manera, se busca incentivar la revitalización y el cuidado de las edificaciones existentes.
Para acceder a estas subvenciones, es necesario que las entidades locales presenten un proyecto detallado de las obras de rehabilitación a realizar, indicando el presupuesto y los plazos previstos. Asimismo, las personas físicas deberán mostrar su acreditación de residencia en la entidad local en la que se va a llevar a cabo la rehabilitación.
Una vez se hayan evaluado todas las solicitudes, se otorgarán las subvenciones a aquellos proyectos que cumplan con los requisitos establecidos y que sean considerados de interés para la mejora del parque de vivienda en la entidad local correspondiente.
Es importante destacar que estas subvenciones no son compatibles con otras ayudas o subvenciones destinadas al mismo proyecto de rehabilitación, por lo que se deberá justificar que no se está recibiendo financiación de otras entidades públicas o privadas.
No pierdas la oportunidad de mejorar tu hogar y tu comunidad. ¡Solicita la subvención de rehabilitación de vivienda en tu entidad local y contribuye al crecimiento de tu entorno!
Qué personas son elegibles para recibir estas ayudas
Cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en cada programa se considerará beneficiario. Estos requisitos son enumerados en el apartado de "destinatarios últimos de las ayudas".
Los beneficiarios tienen la posibilidad de ceder el cobro de las subvenciones mediante la firma de un acuerdo con un agente o gestor especializado en rehabilitación.
Importe de las ayudas
Cuantía Máxima de la Subvención por EdificioLa cantidad máxima de ayuda que se otorgará por edificio estará determinada por los ahorros en consumo de energía primaria no renovable logrados, pudiendo cubrir entre el 40% y el 80% de los costos de la intervención.
Ayudas disponibles por ViviendaLas ayudas disponibles por vivienda varían entre 6.300 euros y 18.800 euros, dependiendo también del ahorro energético alcanzado. No podrán exceder los límites mencionados a continuación:
Compatibilidad con Otros Programas de AyudaEs posible combinar estas ayudas con las del programa de rehabilitación a nivel de barrios (programa 1) o con las del programa de rehabilitación integral de edificios (programa 3), siempre y cuando se compruebe que no se están subvencionando los mismos costos.
Costes subvencionables
Importante: En el proceso de solicitud de subvenciones, es necesario tener en cuenta que los costes subvencionables no incluyen licencias, tasas, impuestos o tributos. Sin embargo, cabe destacar que el IVA sí puede ser considerado como un coste subvencionable siempre y cuando el beneficiario último no pueda recuperarlo o compensarlo total o parcialmente.
En otras palabras, excepto por el IVA, no se podrán incluir en los costes subvencionables ninguna clase de licencias, tasas, impuestos o tributos. Es responsabilidad del solicitante asegurarse de no incluir estos gastos en su solicitud, a menos que se trate del IVA y no sea posible recuperarlo o compensarlo en su totalidad o en parte.
Necesidades para la construcción y habitabilidad de edificios y residencias
Requisitos para solicitar financiaciónLas viviendas que deseen recibir financiación a través de este programa deben ser la residencia principal y permanente de sus dueños, usufructuarios o arrendatarios al momento de solicitar la ayuda.
Información necesaria en el libro del edificioEl libro del edificio correspondiente a la rehabilitación deberá incluir los datos indicados en los artículos 45 y 49 de la orden de convocatoria.
Contenido obligatorio en el proyecto técnico de rehabilitaciónEl proyecto técnico de rehabilitación completa debe cumplir con los requisitos estipulados en la Parte I del Código Técnico de la Edificación, así como en la Ley 2/1999 de medidas de calidad para la edificación de la Comunidad de Madrid. Además, debe satisfacer los siguientes requisitos para ser considerado para la obtención de subvenciones.
Archivos adjuntos necesarios
Es de vital importancia que la documentación proporcionada al realizar la solicitud esté en archivos separados y que su nombre permita identificar claramente su contenido, o bien que utilice el código alfanumérico que aparece en el formulario. Por ejemplo: si se trata del programa 3 de un edificio, deberá adjuntarse la solicitud y/o la licencia urbanística. El archivo puede ser denominado como "solicitud licencia" o "24.pdf".
Constitución de personas jurídicas
En caso de que se trate de entidades que no tengan personalidad jurídica propia (exceptuando las comunidades de propietarios), es necesario que en la solicitud se indiquen expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención aplicado a cada uno de ellos. Además, es imprescindible que se designe un representante o apoderado único para la agrupación con poderes suficientes.
Resolución provisional
En el caso de que la actuación requiera un proyecto y en la solicitud inicial solo se incluya una memoria, se emitirá una resolución de concesión provisional, sujeta a la condición de que en un plazo de 3 meses se presenten los siguientes documentos: proyecto, certificado de eficiencia energética inicial, justificante de registro, certificado de eficiencia energética previsto o final, contrato u oferta aceptada, las tres ofertas y justificante de solicitud de licencia (procedimiento de autorización municipal adecuado a la tipología de la obra) en caso de que no consten en el expediente.
Procedimiento para obtener el pago de la subvención otorgada
Una vez que te hayan notificado que se te ha concedido el proyecto y hayas finalizado las obras, será necesario que presentes toda la documentación justificativa. Para ello, deberás guardarla en el apartado correspondiente del formulario web, siempre dentro del plazo fijado, tal y como se indica en la sección anterior.
Para llevar a cabo este trámite, deberás rellenar el Anexo X. El importe correspondiente se transferirá a la cuenta bancaria que indiques en dicho documento.
No obstante, para que puedas ser dado de alta en la base de datos de terceros de la Comunidad de Madrid, será imprescindible que incluyas en tu solicitud un número de cuenta a tu nombre.